SABÍAS QUE

¿Qué es la memoria de calidades?

Cuando se adquiere una vivienda que ya está terminada se pueden examinar con detalle todos los elementos y materiales usados, pero cuando la vivienda deseada está en fase de construcción al comprador siempre le puede quedar la duda sobre los productos constructivos que plasmarán un proyecto arquitectónico en una realidad física como es la vivienda,

Para proteger al máximo a los compradores de una vivienda sobre plano la legislación sobre consumo establece que el promotor debe entregar a los que adquirentes una memoria de calidades que tiene además efectos vinculantes.

Es un documento totalmente gratuito que el promotor debe entregar al comprador y en el que se especifican de manera detallada todos y cada uno de los materiales que se van a utilizar en la construcción de la vivienda, tanto estructurales, instalaciones y de acabados.

Su finalidad es que el consumidor tenga información suficiente para saber lo que está adquiriendo. Debe indicar con suficiente detalle los elementos que integran la construcción.


¿Qué suele contener una memoria de calidades de una vivienda?

La memoria de calidades, como previamente hemos explicado, explica todos los detalles que ofrece la promoción, en ella se suelen definir las características del inmueble, que incluyen:

  • Elementos estructurales, fachada y distribuciones interiores, definiendo aquí la tabiquería y el tipo de aislamiento de las viviendas, por ejemplo.
  • Los solados (acabados del suelo) y paramentos verticales de las diferentes estancias.
  • Las instalaciones, aquí entraría la calefacción y climatización, fontanería y saneamiento, agua caliente sanitaria, instalación eléctrica y telecomunicaciones.
  • La dotación de zonas comunes y de ocio.
  • Cualquier dotación extra en climatización, domótica, seguridad, etc.
  • Y cada vez más importante la calificación energética del proyecto y futuras viviendas.

boreal homes- memoria


¿Qué significa “similar” en la memoria de calidades?

A fin de que los derechos de los consumidores sean respetados en su integridad, lo que establece la legislación es que los materiales ofertados deben ser sustituidos por otros de calidad igual o superior, nunca inferior.


¿La memoria de calidades es vinculante?

Este documento es primordial en la toma de la decisión de adquirir una vivienda sobre plano, por lo que la información que aparece en el mismo es totalmente vinculante. Puede ser que la memoria de calidades sufriera modificaciones por necesidades del proyecto, suministro de materiales u otras necesidades de obra, dichos cambios deberán ser comunicados al comprador una vez se realicen los cambios a medida que el documento evolucione.


Conceptos claves a tener en cuenta por cambio en la memoria de calidades o incumplimiento de la misma

Ha de señalarse que la memoria de calidades, que suele entregarse junto con el contrato privado de compraventa, forma parte del mismo y por lo tanto, todo aquello que recoja, puede ser exigido por el comprador. En este sentido, siempre será conveniente que sea firmada por ambas partes.

Otro aspecto que ha de tenerse en cuenta es la relevancia de la documentación publicitaria y si lo ofrecido o mostrado en la misma resulta exigible. Esta cuestión nos la resuelve la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que expresamente dispone en su art. 61.2 que “El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado”.

boreal salon


¿Qué debe tener una buena memoria de calidades?

Una buena memoria de calidades se caracteriza por revelar la verdadera naturaleza del inmueble por escrito y gráficamente, más allá de las características externas de la vivienda contando siempre con las mayores especificaciones técnicas.

Veamos unos ejemplos:

memoria de calidades 1

memoria de calidades 2

En conclusión, la memoria de calidades es un documento obligatorio que debe ser entendido como acuerdo base entre el promotor y el comprador, que adquiere fuerza legal al anexarse al contrato privado formando parte de este y cuyo contenido es crucial para dar confort al comprador y diferenciación al promotor.

Proel

01/02/2021

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